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Con la finalidad de contribuir a la reforma que se presentará al Congreso del Estado de Sonora, la Comisión Estatal de Derechos Humanos emitió el primer Informe especial de su historia (Informe especial IE-1/22), respecto al artículo 167 Quáter del Código Penal, conodida como “Ley Ingrid”.
La formulación de informes especiales es una facultad del Presidente de la CEDH Sonora regulada en el artículo 7o, fracción XX, de la Ley 123 que regula este organismo autónomo, y tiene como finalidad hacer “proposiciones dirigidas a las autoridades […] para promover la expedición o modificación de disposiciones legislativas […] con el fin de tutelar, de una manera más efectiva, los derechos humanos”.
En el actual Informe especial se argumenta porqué el artículo 167 Quáter del Código Penal para el Estado de Sonora, en los términos en los actualmente se encuentra vigente, vulnera los artículos 1o., 6o., 7o., 14, 16, 19 y 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7o., 9o., 13 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y 9.1, 15.1, 19 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.